Ante
la trágica situación acaecida recientemente en la comunidad de Cambray 2 del Municipio de Santa Catarina Pinula,
La Facultad de Arquitectura de la
Universidad de San Carlos de Guatemala
Universidad de San Carlos de Guatemala
CONSIDERANDO:
- Que estamos ante un problema de crecimiento desordenado del área metropolitana y que afecta especialmente a los sectores sociales menos favorecidos económicamente.
- Que en casi todos los países del mundo se cuenta con dos instrumentos clave para orientar un crecimiento responsable de las áreas urbanas: la Ley de Ordenamiento Territorial y la Ley de Desarrollo Urbano, que implica normas, institucionalidad y fondos específicos.
- Que las normativas y proyectos deben estructurarse a partir de los principios de participación ciudadana, sostenibilidad ambiental, prevención de riesgos, equidad social, eficiencia espacial, calidad del paisaje y conservación del patrimonio, entre otros.
- Que el Estado guatemalteco aprobó recientemente la Agenda 2030, contenida en los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, en Asamblea de Naciones Unidas. El objetivo No. 11 “Ciudades y Comunidades Sostenibles”, que busca conseguir que las ciudades y los asentamientos humanos de todo el planeta sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
- Que es un error continuar con la generación de suelo de características rurales, dentro de la ciudad, la división del suelo en parcelas pequeñas, unifamiliares, poco densas, es un costo que ninguna ciudad ni sus habitantes puede ni debe seguir pagando.
- Que es tiempo de enfocarnos en la prevención para no tener que responder de nuevo a emergencias cuyos trágicos resultados pudieron ser evitados.
La
FARUSAC hace un respetuoso llamado a las autoridades públicas, iniciativa
privada y academia, a unir esfuerzos coordinados y,
RECOMIENDA:
- Que el componente de prevención de riesgos a desastre, sea incorporado por toda la sociedad guatemalteca y en todos los planes de desarrollo local, departamental y regional.
- Que se apruebe, en el menor tiempo posible, previo a una revisión exhaustiva y técnica, el proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial, que entre otros establezca la obligatoriedad para que todos los municipios cuenten con un Plan de Ordenamiento Territorial.
- Que sean convocadas las instituciones gubernativas, académicas y de la sociedad organizada con especialidad y experiencia en temas de ordenación territorial y de desarrollo urbano para enriquecer técnicamente dicho proyecto de ley.
- Que los terrenos que se ofrecen para dar una respuesta de vivienda a las familias afectadas sean evaluados de manera integral y que los costos para reducir la vulnerabilidad de los mismos sean incorporados al costo total de ejecución del proyecto.
- Abordar la solución habitacional de reubicación de las familias víctimas, desde una perspectiva de dignificación humana, de vivienda multifamiliar y vertical, emplazados en suelo seguro, articulado y accesible en términos de movilidad, con diseño sostenible.
- Tomar en cuenta los conceptos de sostenibilidad, inclusión, seguridad, resiliencia y densificación, como nuevos paradigmas en los proyectos planteados como soluciones a relocalizaciones de asentamientos urbanos.
La Facultad de Arquitectura de
la Universidad de San Carlos de Guatemala reitera su compromiso de acompañar
los procesos que coadyuven al ordenamiento territorial, dentro de las
instancias que lo requieran. Y pone a disposición el recurso humano con que
cuenta para atender las recomendaciones enunciadas en el presente comunicado,
esperando con ello, contribuir a la reducción de la vulnerabilidad en el
territorio guatemalteco y colaborar en la generación de capacidades técnicas
locales.
Id
y enseñad a todos.
Guatemala, octubre de 2015
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